¡Recuerda que!
Con la Resolución 1547, el Ministerio de Salud estableció que todas las piscinas o zonas húmedas en centros vacacionales y recreacionales, escuelas, termales, entidades, clubes, asociaciones, condominios o conjuntos residenciales, hoteles, moteles o similares, deberán cumplir a cabalidad los protocolos y tener la infraestructura necesaria para poder operar.